¿Cuantos ciudadanos autóctonos de este país saben al detalle los hechos que ocurrieron en España en 1704? ¿Cuántos podrían citar sin equivocarse a tres poetas españoles de la posguerra? y, ¿Cuántos dirían sin titubeos la receta de la tortilla de patatas?
La colectividad inmigrante que reside en Getafe se ha echado a temblar y tienen un montón de razones para ello; Un juez de esa localidad madrileña tiene por norma comprobar el grado de “arraigo” de un inmigrante aspirante a nacionalizarse interrogándole sobre temas tan peregrinos como saber la receta para la tortilla de patatas y es que –según se podría colegir de la actuación de este juez-, nadie que aspire a ser español, debe ignorar la forma como se prepara la españolísima tortilla de patatas.
En AESCO, sigla que corresponde a la organización de inmigrantes “Asociación América España Solidaridad y Cooperación”, sus responsables saben de sobra los distintos casos que han venido estudiando desde hace muchos meses (ver nota aparte) y en los cuales se aprecia el “exceso de celo” (por llamarlo de manera amable) que despliega el juez José María Celemín, responsable del Registro Civil del municipio madrileño de Getafe.
Si bien la legislación española deja amplio margen al juez para interrogar a los candidatos no es menos cierto –afirman los responsables de AESCO-, que el objetivo que se supone persigue el interrogatorio al cual son sometidos los aspirantes a españoles de nuevo cuño es dilucidar si los solicitantes, están lo suficientemente integrados como para merecer la nacionalidad española.
Pero la complejidad de algunas preguntas, como por ejemplo -¿Qué sucedió en España en 1704? ¿Cómo se llama el presidente del Congreso? Cite tres escritores de la posguerra-, ha desatado recelo y la normal inquietud entre las asociaciones de abogados, inmigrantes y medios de comunicación.
Sin embargo, y a la vista de la difusión generada fuera de Getafe que está teniendo la peculiar actuación de este juez, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) publicó una nota apoyando al juez y aclarando que el artículo 221 del Reglamento del Registro Civil establece que el magistrado "oirá personalmente al peticionario, especialmente para comprobar el grado de adaptación a la cultura y estilo de vida españoles". "Esa entrevista tiene, entre otras finalidades", añadía el TSJM, "evitar fraudes y comprobar la veracidad de las circunstancias del peticionario...".
El método aplicado por el juez Celemín, ha permitido conocer lo extravagante que puede ser esta normativa que por su etérea naturaleza prácticamente deja al arbitrio puro y duro del juez, la posibilidad de determinar si un peticionario de nacionalidad está lo suficientemente integrado cosa que según se desprende del procedimiento aplicado por el juez, sólo está basado en conocimientos generales y no en situaciones reales de la vida diaria.
Una vez concluido el procedimiento, el juez emitirá un informe que será el elemento básico para que el Ministerio de Justicia a la postre, tome la decisión de otorgar o no al peticionario, la nacionalidad.
"En España, el modelo de someter a un examen de ciudadanía al solicitante está en el debate, pero se ha desechado", dice Francisco Solans, presidente de la subcomisión de extranjería del Consejo General de la Abogacía Española. "El juez puede hacer una entrevista con la finalidad de detectar fraudes en el expediente, pero no tiene capacidad para hacer una entrevista sobre cultura general, que está fuera de los requisitos". "Evidentemente todo está sujeto a interpretación y si uno tira de la cuerda puede encontrar lo que quiera", continúa. "No parece que sea un fraude no saberse los poetas de la posguerra. Este juez se ha extralimitado".
Pablo Santolaya, catedrático de Derecho Constitucional de la Complutense y experto en extranjería, señala: "La ley dice que determinar el grado de integración es clave, pero, a diferencia de la mayoría de países, no tenemos un test oficial regulado por Justicia o por el Consejo General del Poder Judicial. La consecuencia es que algunos jueces lo hacen por su cuenta. En Vic (Barcelona) hay un test muy difícil, con preguntas que catedráticos no sabrían responder. No hay un único instrumento razonablemente elaborado y con preguntas que atestigüen la integración, como unos conocimientos mínimos de la lengua, y otras cuestiones exigibles a un español sin formación académica. Al no existir, depende del juez que sea más o menos fácil adquirir la nacionalidad. Y ésa es la peor de las soluciones".
El 20 de julio, AESCO interpuso una denuncia (ver nota aparte) contra el juez Celemín por sus métodos y retrasos. "Los doce casos de Getafe que estamos siguiendo están pendientes de resolución. En todos ellos hay, cuando menos, un retraso burocrático respecto a la media", dice Rois, de AESCO, que critica lo arbitrario del asunto: "En los países donde hay que pasar un examen para obtener la ciudadanía éste está reglado. Uno no se presenta a una oposición sin conocer el temario. Es necesario conocer las reglas del juego. Este juez lo mismo pregunta la receta de la tortilla española (como de hecho ha sucedido) como por los poetas de posguerra". "Además", prosigue, "para ver el grado de integración de una persona se deben pedir requisitos objetivos. Contratos de trabajo, si pertenece a organizaciones sociales, si la persona está afiliada a la Seguridad Social, si sus hijos están escolarizados y van al médico cuando enferman, si dispone de abono de transporte (lo que demuestra que se mueve), si tiene un coche, si posee un seguro por el piso que habita, etc., es decir cosas normales para cualquier ciudadano porque es lo que en términos generales la lógica y el sentido común determinan. No se es más español por saber preparar una tortilla de patatas.